La Aeronáutica Civil propone un reglamento más flexible para su uso recreativo.

En una reglamentación que contempla 91 disposiciones está el corazón de un cambio radical del código que desde 2014 regula el uso de drones en el territorio nacional. La norma 04201 de la Aerocivil entró en vigor el 5 de febrero e incorporó al RAC (Reglamento Aeronáutico de Colombia) diferencias fundamentales entre los conceptos de ‘piloto profesional’ y ‘aficionado’.

Las implicaciones de ese cambio son profundas: mientras que un piloto debe hacer un curso y certificar 20 horas de vuelo (antes eran 40), un aficionado se verá exento de ese requisito. Eso sí, los drones que usan unos y otros deben ser registrados ante la Aerocivil para poder volar legalmente.

Pero, además de clasificar a los pilotos, la norma establece una división para los aparatos de acuerdo con su peso y uso.

Si usted quiere comprar un dron por mera curiosidad o planea regalarle uno a su hijo, seguramente le interesa la clase A, o abierta. En este grupo se incluyen drones de entre 250 gramos y 25 kilos, y cubre a todos aquellos que quieran volar con un objetivo recreativo.

En esta categoría también se incluyen las aeronaves que, aunque usadas para fines comerciales, se inscriban dentro del mismo rango de peso. Esta clasificación no requiere autorización de la Aerocivil para el piloto, “dado que su operación representa un riesgo mínimo”. En todo caso, el dron no se puede elevar a más de 120 metros o alejarse más de 500 metros de donde se encuentre quien lo opera, quien debe tenerlo siempre a la vista.

Solo se podrán realizar vuelos de día, y se prohíbe su uso sobre multitudes, edificios o áreas pobladas.

Por su parte, la clase B –o regulada– incluye los drones de más de 25 kilos y menos de 150. Quienes los utilicen siempre necesitarán una autorización de la Aerocivil, así su uso sea calificado de bajo riesgo. Normalmente, esta clase de drones se usan en trabajos de aspersión agrícola, de topografía o para realizar producciones de cine y video.

Finalmente, la clase C –o certificada– hace referencia a los drones con un peso superior a los 150 kilos, cuyo uso implica un alto riesgo. Esta es la clasificación que se les da a los vehículos que realizan sobrevuelos internacionales o servicios de transporte de medicamentos, por ejemplo. Esta práctica aún no está completamente regulada en el país, y por ello se requerirían permisos especiales de la Aerocivil.

Vuelo responsable

Pablo Heredia, presidente de la Asociación Profesional de Drones en Colombia, afirma que una regulación responsable interesa al Estado y a la industria que vende drones.

“No se puede dejar que alguien aprenda con un tutorial de YouTube; tenemos que ver la llegada de los drones a la vida cotidiana como en su momento pasó con los automóviles”, afirma. Lo importante en el tema de seguridad, dice, es que los ciudadanos estén en la capacidad de poder interpretar los riesgos de volar y tomen precauciones sencillas como verificar las condiciones climáticas y la ubicación de vuelo.

La norma contempla distancias mínimas de seguridad para escenarios de eventos y lugares como aeropuertos o embajadas.

Tenga en cuenta que la norma no contempla multas, pero sí está adscrita al Código Nacional de Policía, por lo que en caso de infracción un uniformado podría pedirle que cese el vuelo o, incluso, incautarle el aparato.

Cada vez más usos

La perspectiva de crecimiento para la industria de los drones es tal que un estudio de 2016 de Price Waterhouse Cooper proyecta que en el 2020 superará los 127.000 millones de dólares en el mundo.

A este panorama se suman los múltiples usos que hoy tienen las aeronaves no tripuladas. Existen desde racers o drones de carreras (que alcanzan incluso los 90 km/h), hasta los ‘agras’, para riego inteligente de cultivos.

Por eso, numerosas voces asociadas al vuelo recreativo o profesional de drones se habían mostrado críticas frente a la regulación anterior por considerar que estaba basada mucho más en las sanciones que en un interés real por prevenir accidentes y educar a los aficionados que buscaran iniciarse en al materia.

“Creo que todas las personas que nos dedicamos a esto estamos totalmente seguras de que se requiere una reglamentación, pero hay que cumplir con otros tipos de criterio.

Se deben tomar muchos más puntos porque, finalmente, todo está pensado para asegurar la privacidad de las personas”, afirma Mike Cotrino, creador de la productora MCW, realizador de video hace diez años e importador de drones desde el 2014.

«La norma contempla distancias mínimas de seguridad para escenarios de eventos y lugares como aeropuertos o embajadas»

Algunas recomendaciones de seguridad

  1. No vuele sobre aglomeraciones de personas, podría causar un accidente.
  2. Evite volar con batería baja, esto alarga la vida de su equipo y previene accidentes.
  3. Vuele lejos de aeropuertos, embajadas y sedes de gobierno (5 km a la redonda.)
  4. No vuele a menos de 50 metros de una edificación.
  5. Aunque parezca divertido, vuele por debajo de los 152 metros.

Fuente: eltiempo.com

Abrir chat
1
¿Necesitas ayuda? ¡Escríbenos!
Tecnidrones
Bienvenido a Drones y Tecnologías de Precisión
¿En qué podemos ayudarte?